0714 24 Mayo 2002
 
 
 
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El Ayuntamiento presenta las bases para la concesión de subvenciones a jóvenes para la adquisición de viviendas
Su articulación, durante el Plan 2002-2005, establece una mayor agilidad para hacer efectiva la cuantía de las ayudas municipales

       El concejal de Patrimonio y Vivienda del Ayuntamiento de Logroño, José Musitu, presentó ayer jueves las bases para la concesión de subvenciones a los jóvenes para la adquisición de viviendas, dentro del periodo vigente del Plan de Vivienda 2002-2005. El Ayuntamiento, a pesar de que en dicha planificación se contempla una financiación cualificada para el primer acceso a la vivienda en propiedad, cree conveniente la adopción de medidas complementarias que faciliten la adquisición por los jóvenes de una vivienda, por lo que ha resuelto subvencionar la adquisición de pisos de nueva construcción que se promuevan en parcelas municipales.
        Para este fin, las viviendas objeto de subvención deberán acogerse a alguno de los regímenes de protección pública: municipal, oficial y oficial de régimen especial; para los que se estipulan, respectivamente, la siguiente cuantía subvencionada (por metro cuadrado de superficie útil): 27 , 33 y 40 euros. No serán objeto de subvención los garajes, trasteros, etc.
       
        Requisitos
        En cuanto a los beneficiarios de las ayudas, deberán cumplir, entre otros, los siguientes requisitos fundamentales: ser mayor de edad y tener la condición de joven (hasta los 35 años); estar incluidos en la relación de personas físicas, modalidad jóvenes –que se gestionará desde la Oficina Municipal de Vivienda–, que se facilitarán a las empresas colaboradoras en la promoción de viviendas, por parte del Ayuntamiento de Logroño; así como reunir las condiciones expresadas por el Ejecutivo regional para acceder a las ayudas personales por el acceso a una primera vivienda: exclusivas para el primera acceso a una vivienda en propiedad, que los beneficiarios para el uso propio de los pisos dispongan de unos ingresos familiares que no superen 3,5 veces el salario mínimo; que la vivienda se destine a residencia habitual; y que las viviendas no excedan de 90 metros cuadrados útiles con carácter general (120 metros útiles en el caso de familias numerosas).
        Siguiendo con las cláusulas expuestas en las bases de la concesión de subvenciones, el posible beneficiario deberá estar al corriente de todas las obligaciones tributarias con la Administración municipal.
       
        Mayor agilidad
        Las solicitudes de subvención, que deberán presentarse al Ayuntamiento de Logroño en el plazo de dos meses desde la firma del contrato privado o escritura pública de compraventa, deberán acompañarse de la declaración responsable de cumplir la totalidad de los requisitos expuestos, de una copia compulsada del contrato privado o escritura pública de compraventa de la vivienda y -aquí reside la novedad- la acreditación fehaciente del pago de una parte del precio de adquisición de la vivienda igual al importe de la presente subvención. Esta cláusula determina que el comprador de la vivienda, en el caso de cumplir todos los requisitos, percibirá de forma prácticamente inmediata la cuantía de la subvención municipal, sin tener que esperar al reconocimiento por parte de la Comunidad Autónoma del otorgamiento de las ayudas articuladas desde la Administración regional. La novedad introducida facilita los primeros pasos de un joven a su primera vivienda, ya que cuenta con la subvención municipal desde el momento en que es reconocido beneficiario, ayuda que es compatible con las de otras Administraciones y a la que también hay que sumar las modalidades de créditos jóvenes para la adquisición de viviendas.
        A los beneficiarios se establecerá un plazo improrrogable de dos meses desde su otorgamiento para presentar toda la documentación (escritura pública de formalización de contrato privado y copias del otorgamiento de subvención de las ayudas económicas de la Dirección General de Vivienda del Gobierno de La Rioja). Evidentemente, el Ayuntamiento se reserva el derecho de revocar las subvenciones en el caso de no ajustarse el beneficiario a las distintas cláusulas existentes a tal efecto.


       
        Cuantía de las subvenciones
        Ejemplos según régimen y superficie útil (m2)

       
       
        Protección específica municipal
        27 euros/70 m. cuadrados 1.890 euros/314.470 pesetas.
        27 euros/120 m. cuadrados 3.240 euros/539.091 pesetas.
       
        Protección oficial
        33 euros/70 m. cuadrados 2.310 euros/384.352 pesetas
        33 euros/120 m. cuadrados 3.960 euros/658.888 pesetas
       
        Protección oficial régimen especial
        40 euros/70 m. cuadrados 2.800 euros/465.880 pesetas
        40 euros/120 m.cuadrados 4.800 euros/798.653 pesetas

 

 

 

 

©Ayuntamiento de Logroño. Periodico Digital: DE BUENA FUENTE 2002